Poder especial otorgado por Diego Guerrero Villaseca, residente en esta ciudad de Zacatecas, en nombre de sus hermanos herederos todos de Juan Guerrero Villaseca y Magdalena Reza y Mendoza sus padres difuntos en favor de Bartolome Guerrero Villaseca para que en su nombre y el de sus hermanos cobre y reciba cualquier cantidad de dinero que se debiera a sus padres. No paso.
7 de abril de 1653 Zacatecas
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