Online Status
Dear Members,
I come to a topic I have proposed that has not gotten much traction: indexing the Protocolos of Guadalajara. I wanted to give you an example of why I think this would be very worthwhile. I found the will/testamento of Francisco Rodríguez Ponce from 1660. I know it has been mentioned before, but from my search of our Forum topics, it does not appear that anyone had seen the actual images or an actual full transcription. It is a veritable treasure trove for us genealogists! Below I will include both a partial transcription, and an outline some of the relationships that it details. It seem to me that he really cared about familial relationships, because he went into a level of detail that I have not seen in other wills, as to how people are related that are not even in his direct line. He also often mentioned if the people he was referring to were still living. Finally, he was extremely rich. He received 20,000 pesos in dowry from his mother in law Maria Verdugo, and inherited 124,000 pesos from his father, Fransisco Rodríguez Ponce, el Viejo. Given how long the will, is, I think I will post the relationships in a later post.
Below is the link to the will, which starts on image 159 and tgoes through to 177. When I have included the image number below it is either because I skipped a few images or because I know it will be significant for people's reference:
https://www.familysearch.org/ark:/61903/3:1:3Q9M-C9BF-W3NJ-H?i=158&cat=…
“En el Nombre de Dios Amen = Sepan quantos esta carta vieren como yo Dn. Fanco Rodrigues ponçe vezo y minero del Rl De Guachinango hijo Legitimo de franco Rodrigues ponçe ya difunto natural de la villa de lepe en los Reyos de Castilla y de Doña franca de Rentería y Velasco su lexitima muger viuda del suso dho. natural de Juchipila en este Reyo de la Galicia que [h]oy vive en el Rl de guachinango Como vesina del considerando la fraxilidad humana y la incertidumbre de esta vida y los peligros que [h]ay en ella…
Y primeramte Como el fundamto de mi Salbassion confiesso en la presencia de Dios y de la Virgen sanctissima Su madre y de tola la corte Zelestial que h vivido en al Fee Catholica…
Primeramte mdo y encomiendo mi alma a nro. Sr. Jesuxpto…
[image 161]
Y tem mando y quiero que si nro Sr. Fuere servido de llevarme en el RL. De guachinango, mu cuerpo sea depositado en la Yglesia Parrochial del en el sepulco y entierro de mi buen padre y abuelo franco. Rodrigues ponçe y Alonso Rodrigues ponçe… y si mi fallesimiento me coxiegre fuera de dho RL. mi cuerpo sea depositado en la parte E Yglesia de el pueblo o ciudad donde me coxiere para que despes mis albaceas y herederos lo trasladen a la Yglesia de dho. Rl en en entierro de mi padre y abuelo como queda dicho io al entierro de misa. Doña maría verdugo y de todos los abalos que esta en esta ciudad en el convto. De Sto franco. En el Altar de nra. Ssa…
Ytem decalto que yo fui despossado y velado según orden de nra. sta madre yglessia in façie exlesie con doña Juana de abalos y vocanegra hijo lejitima de don. Diego de vocanegra y de Da. maría verdugo y abalos ya difuntos vesinos que fueron del pueblo de zayula y durante veinte as.que [h]a que somos casados poco mas o menos [h]emos tenido y procreado por. nros. hijos a Da. María ya Da. Juana y a don Diego y a Don Joseph u a Da. Fransisca y Doña Angela, declarolos por por nuestro hijo lixitimos y por nrs. Universales herederos.
Ytem declaro qe al tiempo y qdo Contraje el dho. matrimonio con la dha Da. Juana dabalos y vicanegra me hizo la dha. Da. Maria verdugo y abalas que als sason era ya viuda y tutota y curadora de las menores sus hijas escriptura y promisión de detoe de veyte mill pss …después que la dha mi s[uegr]a Su madre murió que me lo entero y pago don Joseph de villasr. mi cuñado y albaçea de la dha. Mi ssa. Doña maría verdugo y abalos …
Ytem declaro que por fin y muerte y por clausula del testamto de franco Rodrigues ponse mi sr. Y padre que este en gloria herede ciento y veinte y quatro mill seysientos y ochenta y cinto pesos con lo mejorado en el tersio y Remaniente del qunito que quedaros en sis haciendas… A que me Remito y A la partission que de dhos. Bienes se hizo entre mi sr. Y m adre doña franca de Renteria y Don Pedro de Vidarte y pardo esposo y como tal con poder de doña catalina de Renteria y ponse su muger y mi hermana y entre don ferdo de oñate y mendoza como conjunta person de Da. Angela de Velasco y Rentería su esposa y mi hermana…
Ytem declaro que las cassas de vivienda que son de cal y canto que el dho. mi Padro labro y edifico en el Rl. De guachinango me pertenecen con todas sus entradas y salidas, usos y costumbres po claussula expressa que el dho. mi sr. Y Padre dexo en su testamento. Que fuesen y pertenesiessen al hijo que se quedasse a vivir en ellas en dho. RL. Y poa ver yo quedado y vivido en ella como acutalmte vivo por dha clausula me pertenecen y son mias…
Ytem declaro qe con mi primo nicolas de Rovera mi mayordomo mayor y a azoguero tengo quenta asentada …
Ytem declaro qe con el Br. Pedro Rubio felix mi Compe Como Beneficiado del dho Rl. Y Cure del le tengo asentado salario Por la administassion de los santos sacramentos tressientos y cincuenta pesos por casa un año…
Bienes:
Primeramte declare las cassad de mi vivienda y morada de cal y canto qe me dejo mi sr y Padre…
Ytem declaro por mis bienes un molina de a caballo que esta en el Rl de guachinango de moler metales…
Ytem declaro qe en dho RL y en sis contornos tengo nueve sitios de ganados mayores y doce Caballerias de tierra que los señores Governadores deste Reyo me hizieron merd…
Ytem declaro por mis bienes qe tengo en dho RL de Guachinango veinte esclavos y esclavas chicos y grandes…
Ytem declaro Por mis bienes todas las minas y Partes de minas que tengo en el RLdel Roxo y sus contonors dos leguas en el Cerro de la mina grande y Sn Juan y Silojuchite, y Zerro del Rango y Panico y Zerro de la plata virgen…
Ytem declaro por mis bienes un molino de moler metales de agua qe tengo en el dho puesto del Roxo de ocho massos y otro de a caballo llamado montesuma…
Ytem declaro por mis bienes unas cassas de mi vivienda en el dho Roxo con adorno de ymagines mesa y cillas scriptorioa y cama
…
Ytem declaro pro mis bienes la estancia de cuyutlan con tres sitios de ganado mayor y cinco caballería de tierra…declaro que al tiempo y quando tenia poblada la dha hazienda de cuyutlan ympuse sobre ella una cappellania de tres mil ps. de principal con cargo de dos missas resadas casa semana por el anima de mis señores Pares y madre y mia y mis difuntos y llame por cappellan della al Ldo. Nicolas Ramos…
[Image 169]
Ytem declaro qe en el valle de tenamastlan provia de tecolotaln de la alcaldía mayor del pueblo de autlan de la nueva Spaña tengo una estancia de ganados mayores llamda Sn. Clemte y Caballerias de tierra que ube y compre a Jno de hortega Maldonado Como albasea de doña Juana de sea viuda de herdo Ximenes Calderon veza del dho valle ya difuncta Como tutor y curado de diego ximenes calderon su hijo en onse mil pesos la cual Compre en publica almondea con todas sus solemnidades de pregones edictos y informassiones… qe se Pagaban al Capn. Don Lucas Camberos como a tuto de Blas blanco vez de tzayula hijo de Jno Gaviño…Y solo la dha hazienda de Sto Clemte tiene dos mil ps. de principal que el Redito de los un mil ps. se paga a Alonso martin siruela como heredero del Ldo. Franco de Villalobos presvitero ya difunto los otros setessientos y cinquenta ps. De principal se paga el Redito dellos que son trentya y siete ps. Y medio en plata en cada un año y se pagan al Ldo. Geronimo de aguayo presvitero como a person que petenese la Cappellania que le Corresponde adho principal y doscientos y Cinqta pesos de principal que son de Reditos quince pesos Al ldo. Lorenzo de la cerva como a persona que sirve dhoa Capellania que los sitios de dha hazienda de Sto. Clemte que Compre que son ocho sitios de ganado mayor y dose Caballerias de tierra…
Y tem declaro que después de hecha la Compra Referida Compre a Da. Juana Cobarrubias el citio de los Yingenios y medio citio llamado el platanal y el medio citio de Sta. Cathalina todo por precio de mil y tresientos ps…
Y tem declaro por mis bienes lacassas de mi vivienda que todas son de abobe y terrado con sus aposentos Y oficinas de vivienda con sus corrales entradas y salidas… y una capilla de adobe con sus puertas y sachristia y un quadro grande de lienso con la pintura del gloriosso san Clemte sumo pontifice y martic con sus ornamentos Calix de Platta missal…
Y tem declaro Por mis bienes la labor de Sto. Antonio de la Rinconada que esta en la Jurisdiccion de guachinango de nueva Galicia la qual Compre al Capn. Phe de mora marido de Da. Maria telles hija de Diego telles de herrera marido de michaela de quebedo suegra del dho Phe. De mora la qual como hermana lexitima de Andres martines de quebedo ya difucto heredo la dha labor y compro las otras partes de su hermana Doña michaela que se las vendio al dho. Capn Phelipe de mora Rodrigo martines de quebedo como Albassea y tenedero de bienes de su hermano Andres martines de quebedo que era el lijitimo dueñio de dha labor de la Rinconada Con todas las diligencias e otras Por la Justicia de dero nessesarias en cuya virtud las poseyó muchos años Como de dos caudos consta que son tres sitios Para ganado mayor con diez Caballeria de tierra y todas las minas y partes de minas qe por fin Y Por el dho Andres martines de quebedo en el Rl de ocotitlan y minas del pansasso y en las de Sto. Sebastian en el camino de pospisaloya todo lo Compe Por pfrecio de sys mil y setessientos ps. En Rs. Y los miss de ellos quedaron en lenso qe Recocnocí a la Cofradia de nrs. Ssa. Del Rossario deesta Ciudad de Guadalaxa. Y otros mil assimimo al Convto. De nra. Ssa. De la merd…
Ytem declaro por mis bienes las estancias de vistabuena y Sto. Xptobal en el dho valle y Jurisdicssion de guachinango qe todo lo ube y compre del alferes Don Suero basques de moscoso y a Da. Costansa de Castro y Messa y Por fin y muerte del alferes Don Gregorio de Castro y mesa su hermo. como hijos ixitimos y herederos del Capn. Don Lorenzo de Castro y messa y do{a Costanza de moscosso su lixitima muger las queales dhas. estancias de Ganados mayores y Caballerias de tierra tam solamte. El caxco compre en ocho mil ps. En Rs. Como de dhas. Escriptureas y ventas consta a qe. Me Remito y los Zitios de estancias y cavallerias de tierra quantas y quales Son se minsiones den diez titiulos y ventas a que me Remito en la quales estancias he metido y pobrlados y tengo y pobaldo y oy sies mills Resses de Eierro Para arrina..
Ytem declaro Por mis bienes El buen Retiro q esta en dha Jurisdission Con Un Zitio de gagado mayor y menor y declarar los cuantos y ciales son q Porpstrp nomre se llaman acatital de que tengo hecha mrd. Por la Rl. audia que governava y esta compueso con su magd. cuyos Recautos están en mis papeles, el qual sitio tengo Poblado con gente y cincuenta yeguas, en dos manadas con sus padres castissos y una guerta de arbolera.
Y tem declaro q mi madre y sa doña franca de renteria en la Partission de los bienes qe le hisso en la fin y muerte de mi sr. Y Pe qe dios aya le cupo el potrero de Xaltemba y Canala ambos en ochocientos ps. Y después Yo compre nuevos sitios y todos los valdios y guecos que pague al Jues de medidas en la caxa lo que se tasso y mas compre la pde. Y zitions que tenia mrn Alh. Partida a su mugr Doña franca de grijalavaPor precio de quatri cientos y mas se me hisso mrd. Del potero de ponto que y pague…son mios y me pertenessen ho haverlos Yo adquirido y comprado y pagado después aca como, de dho recaudos y ventas y pagos …tengo y criando quinientos y seteneta y ocho vecerros machos y la paga de la entrada dellos tiene Ressvida Diego de Haro el mozo, a cuto cargo esta la crianza dellos conforme a la escriptura de concierto que otorgamos entre el susso dho y yo qe esta entre mis papeles con el ressivo de dho becerros que me rremito y declarolo todo por mis Bienes.
Y tem declare Por mis Bienes el Zitio del agostadero de ganado mayor con tres cavallerias de tierra que están entre el pueblo de tepantla y atengo Jurisdission de autlan de la nueva espana con mas de docientas yeguas veinte Resses con quatro bueyes casa de Vivienda despenssa y cosina todo de xacal y corrales q El capital miguel de renteria compro en almoneda puca Dhas tierras y yeguas en precio de ochocientos ps. Por fin y muerte del encomendero Gonzalo Velasques de Leon Para pagar Su funeral y qe tubiessen Sus hijos don diego y doña Juana La pte que les cavia y dhas terras me vendio después dho mi tio como consta por pession y traspasso que esta entre mis papels y esto declaro por mis Bienes…
Y temp declo qe Por quanto mi sr. Y padre q este en gloria ympusso tres aniversarios p Su madre y la de Su Pdre mis aguelos en la catedral de guadalaxa. Y qe asimismo dexo ympesta rrenta para qe cuando saliesa el Santissma sacramento a darse por viatico a los enfermos de su capilla llevasen los sacerdotes las para del palio pagándoles de limosna la acostumbtada asta aqui y de una y otra ymposission como imponedor dellas en s vida fue el patron en su muerte me dexo en dero y sucession, del tal patronasgo y usando del dho. dero Por mi fin y muerte dexo y nombro al mayo de mis hijos y en su fin y muete al que sucediere de los qe quedaren vivos qe desde ahora y para entonces, obtenienedo en mi mientras viviere el dero de tal patron después de mis días lle Subrrogo en los dos mis hijos en la forma Referide.
Ytem quiero y es mi Voluntas q Lucas de Valera mulato Sea Libre, de tal cauptiberio y q Po esta claussula desde agora y para rtodo tpo. quede libre y horro de toda servitdumbre Por lo ien que me a servido y por el mucho amor y rendimto que desde mi niñes a servido el y su me. A quien mi sr y padre consedio carta de libertad y en essa consequencia se la consedo y esta clausula le hago libre y me desisto y aparto del dominio y señorío qe al dho Lucas de Valera tengo…
[image 176]
Y para cumplir este mi testamto. Madas y legados del dexo y nombro por mis albaceas testamentarios a mi mesma persona en mi vida, como tal textador y alvaxea de mi mesmo baya cumpliendo las obras y mandas pias q en el dexo y asigno en la clausual de qe la qe assi fuere cumpliendo al marge declare mi letra y ribrica…y para después de mis días dexo y nombro por mis albaceas testamentarios a mi muy querida madre y sa. Doña franca de Renteria y a doña Juana de abalos y vocanegra mi estimada esposa y ssa. Y a mi tio el Capn. Miguel de Renteria muxica y a mi compe. El br. Pedro Rubio felix mi cura y confessor como y con quien tengo comunicada mi alma y descargo de mi conssiecia y a todos quatro y a cada uno dellos insolidum a quienes doy todo mi poder cumplido qual de de dero. … y el otorgte. A quien yo en scrvo. Foy fee qe conozco aviendolo oydo y estando en todo su entero acuerdo juicio y entendimiento al parecer y en sanidad de que doy fee en la parte que puedo lo otrogo y firmo ante los testigos que para serrli fueron rogados y llamado el Capitan Don diego negrete Cortes, el Capitan Dn. Ferdo. Lascando, Dn. Alonsso espinossa de los monteros, y Diego Lozano y el Ldo. Dn. Alonsso de Horendain vesinos y estantes en esta Ciudad de guadalaxara nuevo Reyo. De la Galicia a dos dieas del mes de febrero de mil y seytos. Y Sessenta años…
[Rubrinca] Don Franco Rs. Ponce” [image 177]
- Inicie sesión o registrese para enviar comentarios
Carta de dote
Hola Sergio,
Great work! Here’s another document relative to don Francisco - the carta de dote of doña Juana de Avalos, which he submitted on 2 Feb 1660: https://www.familysearch.org/ark:/61903/3:1:3Q9M-CSDL-X71J?cat=198356
Saludos,
Manny Díez Hermosillo
Familia relationships in the will of Francisco Rodríguez Ponce
Dear Members,
As I mentioned before, I find it fascinating how much Francisco Rodríguez Ponce focused on how everyone was related, even when as far as we can tell they were not HIS relatives.
He names his father, Francisco Rodriguez Ponce (?-1643) and his mother Francisca de Rentería y Velasco (?-1661), as well as his paternal grandfather, Alonso Rodríguez Ponce (?-?). He also names his wife, Juana de Avalos y Bocanegra, and his in-laws, Diego de Bocanegra y Cervantes (?-), and the powerful and well-known María Verdugo y Avalos (?-before 1660). He finally mentions his six children, whom he names specifically, María Verdugo y Ponce, Juana de Avalos, Diego de Bocanegra, Joseph Rodríguez Ponce y Bocanegra, Francisca Rodríguez Ponce y Bocanegra, and Angela de Velasco. They are obviously named for several grandparents or great-grandparents of the same name.
He also names his uncle Miguel de Rentería Muxica, and his two sisters Catalina de Rentería y Ponce (married to Pedro de Vidarte Pardo), and Angela de Rentería y Velasco (married to Fernando de Oñate y Mendoza).
He names the burial place of all the Avalos family in Guachinango, at the Franciscan convent in Guachinango.
Below are some highlights for families of the Autlán and Tecolotlán areas that are of interest to me from Francisco Rodriguez Ponce:
He bough the Hacienda de San Clemente en Tecolotlán from Juan de Ortega Maldonado, was the executor of the will of Juana de Sea, widow of Hernando Ximénez Caldreón. I have a Juan de Ortega Maldonado having a child with María de Betancur in 1673 in Tecolotlán, Agustín de Ortega y Betancur https://www.familysearch.org/ark:/61903/3:1:9392-59S4-BS?i=64&cc=1874591 I am assuming this is likely the same person, but not sure. I also have a Juan de Ortega Maldonado married to Juana Luisa Galindo as parents of María de Ortega y Maldonado, married to Martín Fernández Partida. This is from Gabriel Agraz García de Alba's "Esbozos Historicos de Tecolotlán," chpt 6.
He notes whom he bought the Hacienda of San Antonio de la Rinconada. He bought if from Felipe de Mora, married to María Tellez, daughter or Diego Tellez de Herrera and Michaela de Quevedo. This source helped me confirm that the Telles last name, was Tellez de Herrera, and that the Quevedo family left descendants in Autlán. I had previously found the will of Andrés Martínez de Quevedo. This opens up the line on question as to whether the Tellez de Herrera and the Tellez de Buedo families were related?
He bought the estancias of Vistabuena and San Cristóbal from the Alfz. Suero Vázquez de Moscoso and his sister Constanza de Castro y Mesa (who went by the last name of (Híjar y Mesa), and he notes that they were children of Cap. Lorenzo de Castro y Mesa and Costanza de Moscoso, and siblings of Gregorio de Castro y Mesa. I had previously confirmed this with the will of Costansa de Híjar y Mesa, but this gives another primary source verification that Alfz. Suero Vázquez de Moscoso, was the son of of Lorenzo de Castro y Mesa and Costanza de Moscoso. Here is Costanza de Híjár y Mesa's will for reference. I previously posted it on NR. https://www.familysearch.org/ark:/61903/3:1:3Q9M-CSD2-Y95J-C?i=244&cat=130231
Anyways, I hope you all find this helpful, and might be able to help disentangle some fo the 17th century families y Nueva Galicia where we have spotty church records.
Regards,
Sergio Sean Salés
Testamento de Francisco Rodríguez Ponce; indexing Protocolos
Thank you so much for posting this! There is so many documents out there that are yet to be discovered!